jueves, febrero 17, 2011

PROYECTO DE LEY


WILMER GIOVANNY PARRA.

JUAN CARLOS ROSERO COLLAZOS.
LUIS FERNANDO CASTILLO.
JUAN ESTEBAN MONTES.
KATERINE MARCELA CARDENAS RODRIGUEZ.

Este es uno de los puntos del proyecto de ley estatutaria que reforma la salud.

Los usuarios del sistema de salud que se cuiden y mantengan hábitos saludables podrían beneficiarse con incentivos económicos, como descuentos en las cuotas moderadoras o copagos.

Este es uno de los puntos novedosos del proyecto de ley estatutaria que reforma la salud -exige el trámite de otra ley para su reglamentación-, que fue radicado por el Ministerio de la Protección Social ante el Congreso de la República. El Gobierno considera que es deber del afiliado velar por un cuidado integral de él y su familia.

La iniciativa establece un plan de beneficios -conjunto de prestaciones para garantizar la vida y la salud de los colombianos- que debe actualizarse cada 2 años. La primera deberá estar lista antes de diciembre del 2011.

Productos suntuosos, fuera del plan

El plan se actualizará cada dos años de acuerdo con los estudios sobre las principales enfermedades que impactan a la población, su nivel de afectación, la evidencia científica -que prueba la calidad de medicamentos e insumos- y los recursos para que haya equilibrio financiero del sistema.

De él quedan excluidos productos suntuarios, cosméticos y experimentales. Los tratamientos, medicamentos y dispositivos para las enfermedades "huérfanas o raras" se financiarán con otra fuente de recursos, aún por determinar.

Según el proyecto, el Gobierno se compromete a unificar los planes de beneficios -de los regímenes subsidiado y contributivo- antes del 28 de febrero del 2015.

Principios del sistema

Según el proyecto de reforma, el sistema de salud se basa en principios que dan prioridad al afiliado y promueven esquemas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Todo basado en criterios de igualdad, equidad, calidad, sostenibilidad económica, corresponsabilidad y transparencia.

Atención a los menores de 18

Para dar cumplimiento a la orden de la Corte Constitucional de brindar atención especial y prioritaria a los menores de 18 años, el proyecto de reforma ordena que el plan de beneficios tendrá un componente diferencial que garantice la efectiva promoción, detección temprana y tratamiento oportuno e integral de los niños, según sus ciclos vitales.

El gobierno de Álvaro Uribe Vélez había establecido atención especial a los menores de 12 años.

La iniciativa también propone que las víctimas de la violencia intrafamiliar tendrán un tratamiento especial.

Crea super- junta médica

Cuando las personas necesiten servicios que no están en el plan de beneficios y los requieran con necesidad, deben solicitarlos al comité técnico-científico de la EPS, que en dos días calendario debe responder. Si la solicitud es negada, la EPS debe informar a la Superintendencia de Salud la causa y esta, a su vez, podrá solicitar conceptos a una nueva junta técnico-científica (conformada por representantes de sociedades científicas), que dará su opinión antes de 7 días.

Médicos deben certificarse

- El proyecto de ley establece que los médicos deberán recertificarse periódicamente (participar en procesos de evaluación que podrían ser cada cinco años) para trabajar en el territorio nacional.
- La iniciativa también señala que los dineros del sistema son inembargables y que este debe medirse con base en indicadores de salud.

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