jueves, febrero 17, 2011

DE: MONICA PASOS

Es de real importancia la orientacion y la atencion que se le da al usuario por que de alli se puede resolver muchas inquietudes y asi el usuario no este al tanto de sus deberes y derechos el que presta el servicio esta en la obligacion de prestar el servicio y no atropellar su integridad.


publicado 11 de febrero de 2011

A partir del 19 de febrero del 2011 esta prohibido el cobro de cualquier tipo de multa o sanciones por incumplimiento de sitas medicas programadas a los cotizantes y beneficiarios del REGIMEN SUDSIDIADO CONTRIBUTIVO y poblacion vinculada asi lo acaba de informar el ministerio de protencion social y la superintendencia nacional de salud,quienes hacen un llamado a la ciudadadania,a las entidades promotoras de salud de lo regimenes contributivo y subsiado,las entidades territoriales y alos prestadores de servicio de salud para que esten atentos unos y cumplan la orden otros.
la medida se toma a la luz del articulo 55 de la ley 1438 de 2011

SANCIONES

la superintendencia nacional de salud informa,anuncia, ademas "drasticas sanciones" a las eps.epss,entidades territoriales y prestadores de servicio de salud,que incumplan con esta disposicion que garantiza el derecho a la salud de acuerdo con lo establecido en los articulos 130.7 y 131 de la ley 1438
se informo, ademas, que el ministerio de la protecion social diseñara mecanismo para que los cotizantes benificiarios y poblacion pobre no asegurada que incumplan con las citas medicas reciban una sancion pedagogica.


Monica pasos saavedra......

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